Medicamentos

MEDICAMENTOS

NORMAS Y TRÁMITES
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INFORMACIÓN SOBRE LA APORTACIÓN ECONÓMICA DE MEDICAMENTOS

La aportación económica se determina en función del nivel de renta y de la situación sociolaboral del usuario y viene regulada en el Real Decreto Ley 16/2012. Para acreditar la aportación, la Agencia Tributaria facilita anualmente al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) los datos del nivel de renta de los usuarios, procedentes de la declaración del último año. A partir de estos datos, el INSS asigna la aportación farmacéutica a cada usuario y la comunica a los Servicios de Salud de las comunidades autónomas. Por lo que en caso de que tenga alguna discrepancia con su nivel de aportación, deberá dirigirse al INSS. Más información pulsando aquí.

USO DEL MEDICAMENTO

En los Distritos de Atención Primaria de Andalucía, dependientes del SAS, trabajamos Farmacéuticos junto con otros profesionales sanitarios como médicos y enfermeras. Somos los responsables del buen uso del medicamento.

Nuestras funciones se centran en contribuir a que la población obtenga el máximo beneficio de los tratamientos farmacológicos y disminuyan sus riesgos.

En este apartado, ponemos a disposición de pacientes y usuarios, materiales que les permitan mejorar sus conocimientos sobre el uso de los medicamentos (posología, duración del tratamiento, contraindicaciones, efectos adversos…).

SEGURIDAD DEL MEDICAMENTO

Con el objetivo de disminuir riesgos asociados al uso de los medicamentos es imprescindible que se cuenten con información correcta sobre los mismos. Esto ayudará a tomarlos de la forma más adecuada, evitando errores y aumentando su eficacia y seguridad.+Más info

  • ANTIBIÓTICO

El uso correcto de los antibióticos conlleva un incremento de su eficacia y nos ayuda a combatir la resistencia bacteriana. Para un uso seguro de los antibióticos consulte nuestras recomendaciones
+ Preguntas y respuestas sobre uso seguro de antibióticos
+ Cartel informativo sobre el uso responsable de antibióticos

  • ANTIINFLAMATORIOS

Los antiinflamatorios son medicamentos usados frecuentemente por gran parte de la población para el tratamiento del dolor y la inflamación. Hay que usarlos con precaución por sus efectos adversos. +Más info

  • PARACETAMOL

El paracetamol es un analgésico seguro, de uso común en la población general, aunque no exento de riesgos, de ahí la importancia de tomarlo en su justa dosis y solo cuando esté indicado. +Más info

  • PROTECTOR GÁSTRICO

Los protectores gástricos son fármacos que protegen la mucosa gástrica de los efectos de los ácidos del estómago y sólo se deben usar cuando su médico se los prescribe. +Más info

  • ESTATINAS

Son medicamentos que, junto con otras medidas no farmacológicas, ayudan a reducir el riesgo de padecer enfermedades cardiovasculares. En caso de necesitar este medicamento, será el medico el que se lo indique. +Más info

  • ANTICOAGULANTES

Son un grupo de fármacos encargados de retrasar la coagulación de la sangre. Con este tratamiento se pretende prevenir la formación de trombos y coágulos. Para conocer más recomendaciones sobre el uso de esta medicación:. +Más Info

  • MEDICAMENTOS SIN LACTOSA
    Los fármacos que contienen lactosa la poseen en un porcentaje tan pequeño que apenas tiene ninguna repercusión para los intolerantes. Si hay un medicamento alternativo te podrá prescribir aquél que no lleve lactosa. Si no hubiera opción y el mejor tratamiento para tu problema de salud fuese un medicamento que contiene lactosa, te puede recomendar tomar un comprimido de lactasa a tomar a la vez que ingieres el medicamento en cuestión.
    + Medicamentos sin lactosa
  • MEDICAMENTOS Y GLUTEN
    La normativa legal vigente obliga a declarar a los laboratorios farmacéuticos si el gluten está presente como excipiente de los medicamentos. La Agencia Española del Medicamento ofrece un resumen de los medicamentos que cumplan los criterios de búsqueda seleccionados, en el cual se incluyen los excipientes “de declaración obligatoria”.
    + Medicamentos y gluten
  • ADMINISTRACIÓN SEGURO DE MEDICAMENTOS
    Para el tratamiento del ASMA y EPOC se utiliza principalmente la vía inhalatoria que presenta ventajas, pero también los inconvenientes asociados al uso de los dispositivos de inhalación.
    Para que el tratamiento inhalado administre las dosis optimas de los fármacos, es fundamental: la adecuación del dispositivo para cada paciente y que la técnica de administración sea correcta.
    Ponemos a su disposición los tipos de dispositivos de inhalación y nombre comercial, así como la técnica inhalatoria:
    + Dispositivos de inhalación para asma y epoc
MEDICAMENTOS ESPECIALES Y VISADO

    Los medicamentos extranjeros son aquellos que no están comercializados en España, aunque sí autorizados en otros países, y que se solicitan a la Agencia Española del Medicamento (AEMPS) en las siguientes situaciones:

  • Cuando son necesarios para tratar ciertas patologías para las que no hay alternativa nacional disponible.
  • En aquellos casos en los que estando comercializados tienen problemas de suministro/desabastecimiento y no hay posibilidad de utilizar otro medicamento similar.

     En ambos casos la solicitud se realiza desde el Servicio de Farmacia del Distrito Sanitario a la AEMPS, que autorizará su importación de manera excepcional si procede.

     La documentación que se debe aportar es:

      • Informe clínico actualizado que justifique la necesidad de tratamiento y que incluya patología para la que se indica, posología y duración de tratamiento. Con una periodicidad anual deberá presentarse renovado, y siempre que haya un cambio en la posología.
      • Fotocopia del DNI o de la tarjeta sanitaria.
      • Receta oficial que justifique la dispensación.

   Tanto en el inicio como en la continuación de tratamiento se puede dispensar un número de envases suficiente para tres meses como máximo.

  La aportación económica por parte del usuario será la que legalmente le corresponda al igual que ocurre con los medicamentos que se dispensan en las Oficinas de Farmacia. Para realizar el abono se le hará llegar un documento de pago (Modelo 047) con el que hará efectivo el ingreso en cualquier Entidad Bancaria, bien de forma presencial o telemáticamente, debiendo entregar este justificante cuando retire la medicación.

  Las solicitudes de continuación de tratamiento deberán hacerse con al menos 15 días de antelación a acabársele la medicación, para evitar así la interrupción de dicho tratamiento.